En el tercer párrafo del preámbulo del Mandato se menciona al pueblo judío, y solo a este, como el pueblo vinculado históricamente a Palestina. A ojos de los redactores, pues, todo el entorno del país, con sus dos mil años de historia, sus aldeas, santuarios, castillos, mezquitas, iglesias y monumentos cuyos orígenes se remontaban a los tiempos de los otomanos, los mamelucos, los ayubíes, los cruzados, los abasíes, los omeyas, los bizantinos y otros periodos anteriores, no guardaba relación con ningún pueblo, o solo se relacionaba con una serie de amorfos grupos religiosos. Ciertamente, había gente allí, pero no tenían historia ni existencia colectiva y, por lo tanto, se los podía ignorar. Las raíces de lo que el sociólogo israelí Baruch Kimmerling denominara el «politicidio» del pueblo palestino aparecen plenamente manifiestas en el preámbulo del Mandato. La forma más segura de eliminar el derecho de un pueblo a su tierra es negar su conexión histórica con ella.