constituye la acción y efecto de entrar una persona en lugar de otra, sustituyéndola.
Implica la trasmisión de los bienes, derechos y obligaciones de naturaleza patrimoniales que tenía una persona y que, con motivo de su muerte biológica o presunta judicialmente declarada, determina de forma inexorable su transmisión a los causahabientes que le sobreviven.