Ana Jesús López Díaz

  • Claudia Ferrerhas quotedlast year
    LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA AGENDA POLÍTICA
    Uno de los grandes logros de la teoría feminista reside en el esfuerzo llevado a cabo por redefinir la violencia contra las mujeres, por el mero hecho de serlo, como un fenómeno estructural cuyas causas profundas están íntimamente relacionadas con el tipo de organización de nuestras sociedades
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    El famoso eslogan de los setenta “lo personal es político” señalaba la necesidad de desmantelar los límites de la tradicional división entre lo público y lo privado, desvelando con ello las relaciones de subordinación entre hombres y mujeres y, en consecuencia, ampliando radicalmente la agenda del debate público.
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    triarcado, se llevan a cabo análisis acerca del poder desde el punto de vista del género y de cómo este atraviesa las relaciones tradicionalmente encerradas en el ámbito “privado”
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    En este contexto se elabora el concepto de pa
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    Desde un nivel estructural, la violencia de género contempla un perfil que solo puede ser analizado en relación con el marco patriarcal de asimetrías que funciona como telón de fondo de las desiguales relaciones entre hombres y mujeres
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    “el instrumento que preserva un orden de relaciones basado en la explotación de las mujeres”
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    Por tanto, el señalar como causa de la violencia de género (entendida en sentido absolutamente restringido como maltrato físico) a la acción llevada a cabo por determinados varones perturbados significa evitar hacer el intento de dar una explicación de calado real que finalmente implique a la sociedad en su conjunto y a las estructuras de poder, que es donde en definitiva reside la raíz última de la discriminación por razón de sexo
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    Ahora bien, en la medida en que las iniciativas atajan exclusivamente las agresiones sufridas por las mujeres, la Ley se puede convertir en un brazo más del poder patriarcal, ya que, al tratar de sofocar el símbolo de la discriminación, el maltrato físico, el indicador más incómodo en lo mediático, puede favorecer una lectura reduccionista que contemple en la desaparición del maltrato el fin de la discriminación por razón de sexo
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    Entonces, la Ley no solo es insuficiente a todas luces, sino que “si esta medida no va acompañada de cambios estructurales, su consecuencia social es hacer invisible la desigualdad de las mujeres sin que por ello desaparezca […] la Ley va orientada a los síntomas, no protege contra la violencia atacando sus causas, sino que se centra en sus consecuencias, protege del símbolo, no de lo que este simboliza” (Izquierdo, 2007: 2)
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    Reconocida la igualdad jurídica de hombres y mujeres en los ordenamientos constitucionales contemporáneos, la preocupación se ha trasladado al plano de la realidad, hacia las estructuras sociales que han pervivido durante siglos bajo la denominada figura del patriarcado o dominación masculina (Valcárcel, 1997). Esta necesidad de explicar que las desigualdades entre hombres y mujeres son más profundas, complejas y difíciles de eliminar que la mera distinción entre sexos, lleva a replantearse la cuestión en otros términos y a motivar la aparición de la expresión “género” y otras afines, como “igualdad de género”, “perspectiva de género”, “transversalidad” o

    Reconocer el Patriarcado más allá de la ley

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